María Liébana
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Claves de la declaración de la Renta 2024 para los mayores de 65 años: ventajas y deducciones
BBVA, a través de ‘Mi Jubilación’, ofrece herramientas para que gestionen el IRPF con facilidad

En esta campaña de la declaración de la Renta 2024, las personas mayores de 65 años tienen a su alcance una serie de deducciones, exenciones y beneficios fiscales, que pueden ayudarles a optimizar su patrimonio, para que la cita anual con Hacienda sea completamente segura y sin complicaciones.
Entre estas ventajas tributarias, figuran la exención de ganancias patrimoniales al transmitir la vivienda habitual; el mínimo personal y familiar incrementado; las deducciones por discapacidad; y los beneficios relacionados con los planes de pensiones.
Sin embargo, aprovechar estas ventajas puede ser complicado de gestionar, si no se dispone del conocimiento adecuado. No hay que olvidar que la declaración de IRPF puede ser un proceso complejo, que exige estar al día de las novedades fiscales.
Iniciativas como Mi Jubilación de BBVA (@bbvajubilacion) facilitan la comprensión de las cuestiones que afectan a los mayores de 65 años y ofrecen herramientas e información útil que ayudan a los mayores a entender y gestionar de manera más eficiente sus obligaciones fiscales.
La pensión tributa como rendimiento del trabajo
Las pensiones se consideran rendimientos del trabajo, por lo que deben tributar por el IRPF, en caso de que sobrepasen la cuantía legal establecida.
En la Renta 2024, existe obligación de presentar la declaración si los ingresos superan los 22.000 euros, con un único pagador.
Por su parte, este año se ha elevado el mínimo exento para quienes han tenido más de un pagador, pasando de 15.000 a 15.876 euros anuales. Por tanto, por debajo de ese umbral, no es necesario hacer la declaración.
En la presente campaña, los mayores de 65 años deberán declarar, entre otros, los rendimientos procedentes de pensiones públicas, prestaciones por incapacidad, jubilación, y otras prestaciones de entidades como planes de pensiones y previsión social empresarial.
Exenciones fiscales relevantes
Los contribuyentes mayores de 65 años deben conocer que existen rentas exentas, que les pueden ayudar a reducir o neutralizar la factura fiscal. Así, están exentas de tributación las ganancias patrimoniales derivadas de la venta de la vivienda habitual por personas mayores de 65 años.
La citada exención también se aplica en casos de transmisión de la nuda propiedad con reserva de usufructo vitalicio.
Otra importante ventaja es que están exentos ciertos ingresos derivados de hipotecas inversas y prestaciones vinculadas a la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia, tales como prestaciones económicas públicas vinculadas al servicio, para cuidados en el entorno familiar y de asistencia personalizada.
Mínimos personales y familiares incrementados
El mínimo personal general para la campaña de Renta 2024 se sitúa en los 5.550 euros.
Pero, atendiendo a la edad del contribuyente, ese mínimo general se incrementa en las siguientes cantidades:
- Contribuyentes de edad superior a 65 años: 1.150 euros anuales extra.
- Contribuyentes de edad superior a 75 años: 1.400 euros anuales adicionales.

Estos mínimos aumentados para los mayores de 65 suponen una reducción en la base imponible del impuesto y, por lo tanto, una disminución de la carga fiscal de este colectivo.
Mínimo por ascendientes y deducción por discapacidad
Según establece la Agencia Tributaria, tienen consideración de ascendientes: los padres, abuelos, bisabuelos, etc. de quienes descienda el contribuyente y que estén unidos a este por vínculo de parentesco en línea recta por consanguinidad o por adopción, sin que se entiendan incluidas las personas unidas al contribuyente por vínculo de parentesco en línea colateral (tíos, o tíos abuelos) o por afinidad (suegros).
Se establece un mínimo adicional por ascendientes mayores de 65 años o con discapacidad, si conviven con el contribuyente, en los siguientes términos:

Además, se contempla una deducción de hasta 1.200 euros por cada ascendiente con discapacidad a cargo.
¿Es posible seguir aportando al plan de pensiones?
Una duda frecuente es si, una vez jubilados, es posible seguir efectuando aportaciones al plan de pensiones.
La respuesta es “sí”, siempre que la persona no haya empezado a cobrar la prestación por jubilación de ese plan (o de otro plan). Tal como detalla BBVA Mi Jubilación, los mayores de 65 años que estén en tal situación pueden reducir en la base imponible de su declaración de IRPF las aportaciones realizadas en el año, lo que les beneficia, puesto que rebajará su carga fiscal.
También es importante conocer que la Ley posibilita que se cobre el plan por la contingencia de jubilación (en forma de renta o de capital) y, al mismo tiempo, realizar aportaciones por otras contingencias, tales como fallecimiento, incapacidad o dependencia.
Plataforma 'Mi Jubilación' de BBVA
A la hora de realizar la declaración de la Renta, los jubilados, pensionistas y mayores de 65 años en general deben informarse y asesorarse, para no perder ningún beneficio que la edad pone a su disposición.
BBVA, a través de su plataforma 'Mi Jubilación', apoya a los mayores de 65 años, con información sencilla y útil para gestionar su situación fiscal. Además, esta entidad bancaria pone a disposición de los mayores un espacio informativo para que reciban formación sobre cómo aprovechar las deducciones y exenciones fiscales.
El objetivo de iniciativas como esta es ayudarles a adoptar decisiones informadas y gestionar su situación fiscal de manera más eficiente. En definitiva, que los seniors puedan sacar todo el partido a las ayudas y beneficios que la ley tributaria les concede.